En un comunicado conjunto los ministerios de Defensa y del Interior informan a la ciudadanía las siguientes disposiciones de cumplimiento obligatorio en relación a la ampliación del Estado de Emergencia dispuesto mediante Decreto Supremo 094-2020-PCM.
Pase Personal Laboral
1. El Pase Personal Laboral seguirá rigiendo para aquellas actividades que ya se encontraban habilitadas y podrá ser gestionado por quienes inician nuevas actividades económicas, en el link www.gob.pe/paselaboral. Cabe indicar que este pase NO autoriza el uso de vehículos particulares. Las nuevas actividades económicas son:
a) Servicios necesarios para la distribución y transporte de materiales educativos.
b) El almacenamiento, transporte, preparación y/o distribución de alimentos del programa social de alimentación escolar, así como la adquisición, transporte y distribución de insumos para mantenimiento de infraestructura y de equipamiento menor (kits de higiene) para la prevención del COVID-19, en los niveles educativos que corresponda.
c) Servicios de comercio electrónico para la venta de vestuario, calzado y electrodomésticos, así como provisión de libros, útiles escolares y artículos para oficina, con fines de educación y trabajo.
d) Servicios de apoyo al diagnóstico, odontología, oftalmología, rehabilitación, reproducción humana, veterinarias, entre otros servicios médicos diferentes a la atención de la emergencia sanitaria producida por el covid 19.
e) Servicios de aplicativos móviles para servicios de entrega a domicilio (delivery) prestados por terceros.
f) Servicios técnicos y profesionales independientes como técnicos de informática, gasfitería, jardinería, electricidad, carpintería, lavandería, mantenimiento de artefactos, reparación de equipos, servicios de peluquerías y cosmetología, ferreterías, servicios de limpieza o asistencia del hogar.
g) Actividades deportivas federadas, entre las que se encuentran el fútbol profesional.
andina.pe
Pase Personal Laboral
1. El Pase Personal Laboral seguirá rigiendo para aquellas actividades que ya se encontraban habilitadas y podrá ser gestionado por quienes inician nuevas actividades económicas, en el link www.gob.pe/paselaboral. Cabe indicar que este pase NO autoriza el uso de vehículos particulares. Las nuevas actividades económicas son:
a) Servicios necesarios para la distribución y transporte de materiales educativos.
b) El almacenamiento, transporte, preparación y/o distribución de alimentos del programa social de alimentación escolar, así como la adquisición, transporte y distribución de insumos para mantenimiento de infraestructura y de equipamiento menor (kits de higiene) para la prevención del COVID-19, en los niveles educativos que corresponda.
c) Servicios de comercio electrónico para la venta de vestuario, calzado y electrodomésticos, así como provisión de libros, útiles escolares y artículos para oficina, con fines de educación y trabajo.
d) Servicios de apoyo al diagnóstico, odontología, oftalmología, rehabilitación, reproducción humana, veterinarias, entre otros servicios médicos diferentes a la atención de la emergencia sanitaria producida por el covid 19.
e) Servicios de aplicativos móviles para servicios de entrega a domicilio (delivery) prestados por terceros.
f) Servicios técnicos y profesionales independientes como técnicos de informática, gasfitería, jardinería, electricidad, carpintería, lavandería, mantenimiento de artefactos, reparación de equipos, servicios de peluquerías y cosmetología, ferreterías, servicios de limpieza o asistencia del hogar.
g) Actividades deportivas federadas, entre las que se encuentran el fútbol profesional.

Emiten disposiciones sobre pases vehicular y personal para nuevas actividades económicas
En un comunicado conjunto los ministerios de Defensa y del Interior informan a la ciudadanía las siguientes disposiciones de cumplimiento obligatorio en relación a la ampliación del Estado de Emergencia dispuesto mediante Decreto Supremo 094-2020-PCM.